Con fecha 19 de abril se ha publicado en el BOE el extracto de la Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2024-2025.
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día 30 de abril al 13 de septiembre de 2024 inclusive.
Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por Internet en la web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Una vez cumplimentada la solicitud telemática se deberá presentar en el centro educativo o, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato pdf (escaneado) la documentación que le sea requerida por la propia aplicación.
Salvo que se haya autorizado el pago al centro educativo, EL/LA ALUMNO/A siempre debe ser el TITULAR o COTITULAR de la cuenta corriente consignada en la solicitud. Sólo podrá pagarse la cuantía de la beca o ayuda a una cuenta de la que el/la alumno/a beneficiario/a sea titular o cotitular. En caso contrario no podrá tramitarse el pago.
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